29 de mayo de 2013

Aduanas y Protección Fronteriza EEUU mejora procesos para viajes internacionales


SAN JUAN, Puerto Rico – El Negociado de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos (CBP, por sus siglas en inglés) ha mejorado el proceso de llegada de vuelos internacionales mediante el uso de tecnología y procedimientos  que permitirán aliviar el papeleo y las largas filas para los viajeros.  


"Los avances en la automatización y el procesamiento de pasajeros son ejemplos tangibles del compromiso 
de CBP para hacer la experiencia de los viajeros más eficiente y hospitalaria", dijo el comisionado interino de CBP, Thomas S. Winkowski. 

"Los programas como la automatización de la I-94 y Global Entry permiten que los oficiales de CBP procesen a los viajeros de forma segura y eficaz durante la incesante temporada de viajes de verano, mientras se mantiene la misión de seguridad fronteriza".

La  automatización del formulario I-94 para documentar la llegada y  salida de extranjeros, que comenzó el pasado 30 de abril, agiliza el proceso de admisión para las personas que visitan legalmente los Estados Unidos.  

El formulario I-94 sirve para evidenciar la admisión legal de los visitantes extranjeros al país, dato que es 
necesario para verificar el registro de extranjero, el estatus migratorio y el permiso de trabajo.



Como parte de los programas de viajero de confianza,  el Global Entry, representa la forma más simple de 
evitar las largas filas en el área de inspección en el aeropuerto y ahorrarse tiempo.   Mediante Global Entry
usted realiza su entrada y declaración aduanal en un kiosco.  

"Es sumamente importante que los viajeros conozcan el proceso de inspección para facilitar la entrada a Estados Unidos desde destinos internacionales y evitar mayores inconvenientes," indicó Marcelino Borges, Director de Operaciones de Campo de CBP en Puerto Rico e Islas Vírgenes. 

Asimismo, CBP emite los siguientes consejos de viaje: 

1. Tenga a la mano los documentos de viaje que se requieren para entrar a su destino y los documentos que debe poseer para regresar a los Estados Unidos, en particular: 

• Los ciudadanos estadounidenses tienen que viajar con pasaporte si viajan por aire al extranjero.  Se 
puede usar la tarjeta de pasaporte puede para viajes en crucero, bote privado o por entradas terrestres. Se 
puede usar  la licencia de Conducir Mejorada o documentos de Programas de Viajeros de Confianza si 
viaja por mar o por tierra. La licencia de conducir de Puerto Rico no es un documento válido para 


viajes  internacionales.
• Los niños estadounidenses menores de 16 años que quieran cruzar la frontera por mar, lo podrán hacer 
presentando el certificado de nacimiento original o una copia, el documento consular de nacimiento en 
el extranjero, o el certificado de naturalización. 

• Jóvenes estadounidenses y canadienses menores de 19 años que viajen por tierra o mar en excursiones 
escolares, con un grupo religioso, organización social o un equipo deportivo, podrán cruzar la frontera 
bajo la supervisión de adultos con el certificado de nacimiento original o una copia, el documento 
consular de nacimiento en el extranjero, el certificado de naturalización o el documento de identidad canadiense.

El grupo debe estar preparado para presentar una carta con el sello de la organización con la siguiente información. 
- Nombre de la organización y el supervisor adulto, 

- Lista de los menores en el viaje, con su dirección, número de teléfono, fecha de nacimiento y por lo menos el nombre de uno de los padres o tutores legales de cada uno de los menores, 

- Documento escrito y firmado del supervisor adulto certificando que ha obtenido permiso de los 
padres o tutores legales para cada uno de los menores.

• Los  residentes permanentes de los Estados Unidos deben viajar con su Tarjeta de Residente Permanente 
(Forma I-551), conocida también como “Tarjeta Verde”. 

• Los ciudadanos extranjeros deberán  viajar con su pasaporte y correspondiente visado, o su pasaporte 
y autorización ESTA para aquellos ciudadanos de países que son participantes del “Visa Waiver 

Program”. 
• Los militares de los Estados Unidos: Los ciudadanos estadounidenses pueden presentar el documento de 
identificación militar de Estados Unidos cuando están viajando bajo  órdenes oficiales. 

• Marino Mercante: Un ciudadano de Estados Unidos puede presentar un documento no vencido de la 
marina mercante conjuntamente con negocio marítimo.

2. Declare todo lo que esté trayendo del extranjero y el precio pagado por esta mercancía, incluso si lo compró en una tienda libre de derechos arancelarios (Duty Free). Esta mercancía está sujeta a impuestos y otras restricciones en los Estados Unidos. 

3. Sea cauteloso cuando compre cualquier cosa de vendedores ambulantes. Tenga en cuenta que la mercancía podría ser falsificada o poco segura, y que cabe la posibilidad de que Aduanas y Protección Fronteriza decomise la misma a su regreso. Conozca la diferencia entre mercancía prohibida (como marfil, productos de carey, hierbas medicinales y artículos falsificados) y mercancía restringida. 

4. Los artículos que compra en el extranjero para regalo o uso personal deben cumplir con los requisitos para la exoneración de aranceles. Si la está trayendo para reventa, no están exonerados. 

5. Usted puede entrar o salir de territorio estadounidense con cualquier cantidad de divisas (dólares, euros o 
pesos dominicanos). Sin embargo, tiene que informar mediante el formulario FinCen 105 (Currency Reporting Form) si la cantidad en su posesiónascienda en su totalidad a 10,000 dólares o más. Las penalidades por no cumplir con esta regulación son severas. 

6. Tenga en cuenta que muchos medicamentos fabricados en el extranjero no están aprobados por la 
Administración de Drogas y Alimentos (FDA, por sus siglas en inglés) y no puede ingresarlos en Estados 
Unidos. Además, cuando viaje al extranjero, lleve consigo solamente la cantidad necesaria de medicamentos 
para la duración del viaje. 

7. No traiga a Estados Unidos ningún producto hecho en Cuba, independientemente de dónde lo haya 
comprado. 

8. No traiga ningún alimento a Estados Unidos sin verificar primero si está permitido. Por ejemplo, algunos 
productos derivados de la carne de cerdo o aves están prohibidos, como por ejemplo el salami, huevos, 
etc. Además, algunos productos para aves, caballos – ya sean para uso personal o comercial – pueden estar 
restringidos o prohibidos (antibióticos). Recomendamos que antes de traer cualquier producto agrícola verifique que éste esté permitido. 

9. Comprenda que los oficiales de CBP pueden inspeccionarle a usted y sus pertenencias sin una orden de 
registro. Esto puede incluir su equipaje, vehículo y persona.

10. Antes de viajar, lea nuestro folleto, "Know Before You Go" (lo que debe saber antes de viajar). Se puede pedir copias impresas en línea o ver la versión de Internet en www.cbp.gov bajo la sección titulada Travel. 

CBP es responsable de hacer cumplir 400 leyes y regulaciones en los puertos de entrada por delegación de 50 otras agencias federales como, por ejemplo, la Agencia de Protección Ambiental y la Administración de Drogas y Alimentos. 

~CBP~
Aduanas y Protección Fronteriza de los EE.UU. es una agencia fronteriza unificada del Departamento 
de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en ingles) que tiene a su cargo la administración, control y 
protección de las fronteras de nuestra nación, en y entre los puertos de entrada oficiales. CBP tiene a su cargo mantener a los terroristas y las armas terroristas fuera del país, a la vez de hacer cumplir cientos de leyes estadounidenses.

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