27 de mayo de 2016

Pro Consumidor- El 85% de ofertas para Día de las Madres era publicidad engañosa

Inspectores de Pro Consumidor verifican ofertas
Analistas de publicidad de Pro Consumidor están realizando recorridos aleatorios por diferentes comercios, comprobando que no estén incurriendo en prácticas comerciales desleales, ni en publicidad engañosa, usando como medio de verificación los encartes.

Anina Del Castillo informó que durante el operativo, que inició este miércoles, se ha detectado hasta ahora que el 85% de los establecimientos incumplen en mayor o menor medida la publicidad presentada en la violación a las disposiciones de la ley, y solo el 15% restante realizaron una publicidad veraz de los artículos en promoción.



Indicó que al realizar el operativo, dentro de las no conformidades encontradas se destacan: artículos no disponibles, ofertas no señalizadas, precios que difieren del publicado en los encartes y la errónea utilización de leyendas “hasta agotar existencia” y “no somos responsables de los errores tipográficos”.

“Esta jornada lo que busca es asegurar que los proveedores de bienes y servicios cumplan con las ofertas publicitadas, se ajusten a las Buenas Prácticas Comerciales y a lo dispuesto por la Ley 358-05 de Protección al Consumidor o Usuario”.

Exhortó que para este fin de semana, donde se incrementan las ventas, los proveedores cumplan con una publicidad responsable, donde las promociones y productos ofertados presentan la información necesaria, que estén en idioma español, que la declaración de cantidad de productos corresponda con lo anunciado y la leyenda “hasta agotar existencia”.

La entidad recomendó a los consumidores o usuarios a guardar los encartes donde se han publicado las ofertas para que estas sean utilizadas para cualquier reclamación por publicidad falsa o engañosa como elemento probatorio ante Pro Consumidor.

A la vez llamó a los proveedores a no seguir incurriendo en estas prácticas desleales, las cuales pueden traer consecuencias en el futuro, como sanciones y multas las cuales pueden comprender un rango de 20 a 500 salarios mínimos, como lo establece el artículo 112 de la Ley no. 385-05.

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