21 de diciembre de 2009

No procede queja de Los Gigantes contra el Escogido


La Liga de Béisbol valida contrato Brayan Peña

El Presidente de la Liga de Béisbol Profesional de la República Dominicana, doctor Leonardo Matos Berrido, validó este lunes el contrato sucrito por el Escogido Baseball Club con el jugador Brayan Peña, después de recibir el correspondiente permiso de la Oficina del Comisionado de Béisbol de Grandes Ligas.

Peña fue reclamado por los Gigantes del Cibao bajo el alegato de que la organización poseía derecho de reservas sobre el jugador, quien accionó para el equipo durante las pasadas cinco temporadas.

En comunicación enviada a los presidentes de ambas organizaciones, el doctor Matos Berrido expresa que “La contratación y/o reserva de jugadores importados está regida por el vigente Acuerdo intervenido entre las Ligas de Invierno del Caribe y la Oficina del Comisionado de las Grandes Ligas de Béisbol, en mayo del 2005, y los Estatutos de la Confederación de Béisbol Profesional del Caribe, a la cual está afiliada la Liga de Béisbol Profesional de la República Dominicana, Inc.”.

Agrega que el primero de dichos documentos legales establece que “Cuando un Jugador Importado esté incluido en la Lista de jugadores importados en la Temporada Anterior, el club de las Grandes Ligas al que pertenece el jugador importado podrá dar o negar el permiso al Club de la Liga Invernal que puso en lista al jugador”, y que “si el club de Grandes Ligas otorga el permiso, el club de la Liga Invernal deberá entregar un contrato uniforme del jugador de la Liga Invernal al jugador importado el 25 de agosto o antes”.

Incluye que bajo el subtitulo “(aa) Si no se entrega el Contrato”, el Convenio con las Ligas de Invierno dispone “si un club de la Liga Invernal no entrega un contrato, el jugador importado será elegible para jugar con cualquier club en cualquier liga invernal que forme parte de un convenio con la Oficina del Comisionado de Béisbol durante esa temporada”, etc.

Refiriéndose a los estatutos de la Confederación de Béisbol del Caribe, el presidente Matos Berrido cita que “los equipos pertenecientes a la Ligas Miembros de la Confederación, tendrán derecho a reservar para la temporada siguiente a los jugadores “que terminaren bajo contrato con dichos equipos al término de la temporada regular anterior, o que en la misma hayan recibido su salario completo”.

Dice que “para hacer efectivo ese derecho de reserva los equipos remitirán a sus ligas respectivas la lista de las reservas que quiera hacer valer, las cuales, firmadas por el Presidente de la Liga correspondiente, deberán ser depositadas en las Oficinas de la Confederación a más tardar el diez (10) de julio. El derecho de reserva se perderá además, si a más tardar el día veinticinco de agosto de cada año, los equipos que conforman las ligas miembros no ofrecen al jugador importado el contrato para la próxima temporada”.