La disposición transitoria vigésima de la Constitución dice: “En el caso de que el Presidente de la República correspondiente al período constitucional 2012-2016 sea candidato al mismo cargo para el período constitucional 2016-2020, no podrá presentarse para el siguiente período ni a ningún otro período, así como tampoco a la Vicepresidencia de la República”.
La acción fue realizada por el abogado Fredermido Ferreras Díaz, miembro del Partido Reformista Social Cristiano, el 15 de febrero de este año y el expediente se creó el 20 de febrero.
El documento como aparece en la base de datos del Tribunal Constitucional:
No hay comentarios:
Publicar un comentario