El Ministerio de Trabajo, a través del Comité Nacional de Salarios (CNS), aprobó un aumento de 14 por ciento a la tarifa del salario mínimo para los trabajadores del área no sectorizada a nivel nacional.
La cifra de 14 por ciento fue la solución que planteó la directiva del CNS como un punto intermedio entre las propuestas de 10 y 19 por ciento de los sectores empleador y trabajador, respectivamente, la cual fue consensuada con las partes en principio, pero condicionada por los trabajadores a que se haga de manera retroactiva con una fecha de seis meses de antelación.
La propuesta generó el rechazo del sector empleador, alegando que la misma violaba el principio de irretroactividad de la norma y que era una condición de imposible cumplimiento en virtud de que las empresas, sobre todo las pequeñas y las micro, no podrían acatar una decisión que no tenía ningún precedente en el seno del Comité.
El CNS se limitó a acoger la iniciativa que se refería al monto del aumento salarial, ya que era la única propuesta que contaba con el respaldo de las dos partes.
En tal sentido decidió solamente sobre el porcentaje de aumento, posponiendo todo aquello que era objetado por cada una de las partes como es el tema de la reclasificación de las empresas, propuesta por los empleadores, y el tema de la rectroactividad, planteado por los trabajadores.
Ante la no aceptación de esta propuesta, los representantes de los trabajadores se marcharon de la mesa de negociación.
No obstante, el CNS dispuso la aplicación inmediata de la resolución que ordena el aumento salarial, por lo que la misma entrará en vigencia a partir del 1 de junio próximo.
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