La DGA avisó a todo el sector del “Despacho expreso de Envíos” que opera al amparo del decreto No. 402-05, del 26 de julio del año 2005, que las mercancías importadas bajo la modalidad establecida en la “Categoría B” deberán pagar los derechos aduaneros que corresponden.
Dijo que se realizó la modificación del artículo 4 del decreto No. 402-05, el cual establecía que las mercancías exentas del pago de derechos e impuestos, son aquellas cuyo valor individual sea igual o inferior a un valor FOB de US$200.00.
Asimismo, el decreto indica que “los envíos de bajo valor exentos de derechos e impuestos, o bien que el monto de éstos puedan considerarse insignificantes, tales como, muestras comerciales, efectos personales y regalos no solicitados cuyo valor sea igual o inferior a US$200.00”.
Luego de oposiciones de los asiduos compradores por esta vía y los encargados de courriers en el país, para detener la intención de la aplicación de 18 % de impuestos a las compras por internet menores de US$200 dólares, está se hará efectiva.
Asimismo, la institución especificó que los envíos de bajo valor, para los cuales no se requieran la presentación del Certificado de Origen para reconocer y aplicar preferencias arancelarias, y sean declarados como originarios de los países que integran el Tratado de Libre Comercio con Centro América y los Estados Unidos de Norteamerica (DR-CAFTA).
“Garantiza el espacio de los envíos que califiquen para el despacho expreso, siempre que la presentación se haga de manera oportuna, diáfana y precisa”, indica el comunicado emitido por Aduanas.
A continuación comunicado de ADUANAS publicado en los periódicos de este miércoles.
No hay comentarios:
Publicar un comentario