“Danilo Medina y Jean Alain, creo que, en su conciencia, si esos dos seres tienen conciencia deben estar hoy avergonzados por sus actuaciones en la vida. Quiera Dios que no paguen en la tierra o en el cielo la maldad, porque en ellos prima la maldad”, afirmó.
Andrés Bautista García, expresidente del Senado, salió de la sala de audiencias agradecido de Dios, de las juezas y sus abogados por el final favorecedor que tuvo al ser absuelto en el caso Odebrecht.
“La justicia se ha impuesto en mi caso”, dijo el exsenador por la provincia Espaillat a la vez que aprovechó la atención de la prensa para decirle al pueblo dominicano que no le ha fallado.
“Quiero decirle al pueblo dominicano que no le he fallado, que no he actuado en ilegalidad, que nunca he cometido acto de corrupción, lo que sucedió fue una persecución política”, expresó
Indicó que si el expresidente Danilo Medina y el exprocurador Jean Alain Rodríguez tienen conciencia deben estar avergonzado por haberlo sometido.
Absolución
El Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional decidió absolver al exsenador de la imputación por delitos de soborno, prevaricación, falsedad, enriquecimiento ilícito y lavado de activos.
Las juezas que integran el tribunal llegaron a la conclusión de que no existieron los hechos por los que el Ministerio Público imputó a Bautista.
El Ministerio Público dijo que Bautista facilitó la aprobación del financiamiento para la construcción del acueducto de Samaná, el acueducto de Hermanas Mirabal y el proyecto hidroeléctrico de Palomino, valiéndose de su cargo de presidente del Senado.
El tribunal afirmó que pudo constatar que el exlegislador no estuvo presente en las sesiones donde fueron aprobados dichos contratos.
Incluso, señaló que durante la aprobación del acueducto Hermanas Mirabal el imputado no era presidente del Senado, ya que su gestión culminó en el 2010, y la obra investigada fue presentada en el Congreso Nacional en el 2014.
En relación con la acusación sobre enriquecimiento ilícito, el tribunal indicó que el órgano acusador no demostró con pruebas testimoniales, documentales ni ilustrativas este delito. Destacó que, por el contrario, la defensa de Bautista sí desplegó ante el tribunal una amplia documentación que sustenta los bienes del imputado.
“Hemos podido establecer la inexistencia de un ilícito previo generador de los bienes, elemento indispensable para la configuración del tipo penal de lavado de activos que tiene por finalidad la legitimidad de bienes de origen ilícito”, dijo.
“Se impone declarar la absolución del imputado Porfirio Andrés Bautista García, al quedar establecido que este hecho no ocurrió”, dictaminó.
El tribunal dijo que el Ministerio Público hizo una acusación verdadera de un hecho falso
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