Las personas que tengan vencida su licencia de porte y tenencia de armas tendrán desde el 22 de octubre hasta el 22 de noviembre para renovarla, por disposición del Ministerio de Interior y Policía.
Esta gracia especifica que los portadores de licencias de armas de fuego con dos o tres años vencidos solo pagarán los impuestos correspondientes a un año; aquellas licencias con cuatro o más años vencidos pagarán los impuestos correspondientes a dos años, y de siete en adelante, solo pagarán tres años.
A través de un comunicado, la institución informó que la aplicación de esta medida se realiza con la finalidad de que los propietarios de armas de fuego estén al día en su estatus de porte y tenencia, antes de la puesta en vigencia de la nueva Ley de Armas Nro. 631-16, y de su reglamento de aplicación, la cual no contempla nuevas reducciones en la tasa a pagar.
Las armas que no cuenten con licencias al día estarán sujetas a las sanciones previstas, autorizando la incautación y su decomiso, de acuerdo al procedimiento establecido durante los operativos de control y recolección de armas de fuego que se realizarán en todo el territorio nacional al terminar el plazo de esta gracia que otorga el MIP.
La exhortación para la renovación de las licencias de armas de fuego incluye a personas físicas, independientes y legales, empresas, corporaciones, industrias y cualquier sector que por sus actividades ameriten la tenencia y porte de cualquier tipo de armas de fuego.
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