El presidente Danilo Medina dispuso este viernes la suspensión del director ejecutivo del Consejo Estatal del Azúcar (CEA), José Joaquín Domínguez Peña, y designó una comisión “de alto nivel” para que investigue todas las acciones de compra y venta de terrenos de la entidad y su vinculación con los hechos que ocurrieron en San Pedro de Macorís, los cuales dejaron tres personas muertas.
En el lugar de Domínguez Peña fue nombrado Héctor Bienvenido Abreu, director del CEAGANA y quien ocupará el cargo de “manera provisional exclusivamente para labores administrativas hasta tanto la comisión designada por el presente decreto concluya sus investigaciones”.
"Las funciones del director ejecutivo interno se limitarán a tareas estrictamente administrativas, por lo que no podrá realizar ninguna operación inmobiliaria de asignación, cesión, en usufructo, permuta, donación o venta, o asumir cualquier compromiso en nombre del Consejo Estatal del Azúcar (CEA)"
El anuncio fue hecho durante una rueda de prensa en el Palacio Nacional, la cual fue encabezada por el ministro de la Presidencia, Gustavo Montalvo. También estuvo presente Roberto Rodríguez Marchena, quien leyó el decreto con las órdenes del mandatario marcado con el número 44-17.
Montalvo dijo que La comisión tendrá como objeto investigar todo lo concerniente a la compra y venta de terrenos del Consejo Estatal del Azúcar. También que el mismo deberá incluir las recomendaciones sobre las acciones legales pertinentes.
El decreto establece en sus considerandos que además de los “lamentables hechos ocurridos en San Pedro de Macorís, los cuales según informaciones preliminares recogidas en la opinión pública, se originaron por un conflicto relativo a la compraventa de unos terrenos del CEA”, se nombra la comisión debido a que se han formulado otras denuncias de manejo irregular en la asignación, venta y gestión de los terrenos de la entidad.
Señala, de igual manera, que un decreto emitido por el Poder Ejecutivo de fecha 27 de septiembre de 2016, marcado con el número 286-16, prohibía “todas las operaciones inmobiliarias de asignación, cesión en usufructo, permuta, donación o venta o cualquier otra operación inmobiliaria a favor de personas físicas o jurídicas de terrenos propiedad del CEA”.
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