El Procurador General de la República, Francisco Domínguez Brito, solicitó al presidente de la Suprema Corte de Justicia investigar la actuación de la jueza que ordenó la entrega de US$20.8 millones a la sociedad Prado Universal Corp, compañía constructora de la Torre Atiemar, cuyo presidente es el español Arturo del Tiempo.
Domínguez Brito, en la misiva enviada al magistrado Mariano Germán Mejía, dice que se debe iniciar una investigación en contra de la actuación de la magistrada Awilda Reyes Beltré, de la Cuarta Sala Penal del Distrito Nacional, quien también condenó a la Procuraduría al pago de un astreinte de un millón de pesos diarios por cada día de retardo al cumplimiento de dicha sentencia.
Sostuvo que la jueza no tomó en cuenta ninguno de los medios presentados por los impetrados en el desarrollo del conocimiento de la audiencia de amparo, asumiendo como una violación al derecho de propiedad y del ejercicio de la libre empresa un crédito que no se ha constituido, y que por lo tanto no es susceptible de liquidación ni de exigibilidad.
Expresó que el tribunal le reconoció a los accionantes “ignorando todo el debido proceso penal y civil agotado en el caso en cuestión, asumiendo la jueza de manera incomprensible que la ejecución de actuaciones judiciales han perjudicado derechos fundamentales de la impetrante del amparo”.
Domínguez Brito calificó de abusiva la sentencia dictada por la magistrada Reyes Beltré en contra del Ministro de Hacienda, el administrador general del Banco de Reservas y los miembros de su Consejo de Administración, a la Fiscal del Distrito Nacional y a Procuraduría al condenarlo al pago de “sumas absurdas de dinero sino obtemperar al reconocimiento inmediato de unos derechos supuestamente afectados”.
Sostiene que es deber fundamental de todo juez de amparo ponderar, con estricto apego al derecho, los argumentos de todas las partes envueltas en la acción.
Plantea que la jueza reconoce los derechos que las partes envueltas poseen y desean proteger, valora la interacción de los mismos, “cosa que lamentablemente no ha ocurrido en el caso de la especie.
Expresó que se pudiera constituir en un obstáculo a la lucha de las autoridades nacionales contra la criminalidad organizada transnacional, ya que acciones como esta pudieran tratar de amilanar o mermar las actuaciones del Estado en esta materia”.
La magistrada acogió una acción de amparo manifestando haberse comprobado que los valores constituyen la diferencia del total de la acreencia del Banco de Reservas sobre el valor total del inmueble Torre Atiemar, no han sido depositados a la cuenta abierta para tales fines, a nombre de la Fiscal del Distrito Nacional.
La acción de amparo fue interpuesta por Prado Universal Corp., sociedad comercial constituida en Panamá, representada por su administrador general, Jorge Postigo Silva, por intermedio de sus abogado Manuel Olivero Rodríguez y René del Rosario.
Sostienen que Banreservas resultó adjudicatario de los 36 apartamentos por la suma de US$34 millones, más US$145,884.15 por concepto de honorarios de los abogados.
Asimismo, entienden que tanto el mandamiento de pago que establecía el monto y el pliego de condiciones de la deuda de RD$551 millones, equivalentes en ese momento al monto de US$14.3 millones, dejó un excedente de US$20.8 millones.
La jueza plantea que el secuestro de la Torre Atiemar, en marzo del 2011, fue levantado a los fines de que Banreservas realizara embargo inmobiliario en virtud de la hipoteca en primer rango que tenía el inmueble.
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