18 de julio de 2016

Dejan sin efecto emisión de Revista para vehículo

La emisión de la revista para vehículo fue dejada sin efecto hasta tanto sea modificada la Ley de Tránsito y se cree un sistema que garantice el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue creado ese requisito de circulación.

La información la dio a conocer el director de Tránsito Terrestre, Luis Estrella, quien opina que para la revista funcionar y cumplir su cometido se debe crear un verdadero sistema, en el que se incluyan talleres certificados para realizar una revisión profunda y así determinar que los vehículos que circulan por las vías cumplen los requisitos de la ley.

Ayer en su editorial, LISTÍN DIARIO consideró “inútil” la expedición de la revista, porque “no parece que se aplique un criterio estricto para concederla, como ocurre en otros países más organizados y más exigentes que el nuestro en el cumplimiento de las normas, ya que cualquier porquería rodante la tiene”.

Al respecto, el director de Tránsito Terrestre, Luis Estrella, aseguró que “nosotros hemos optado momentáneamente por detener la emisión de la revista, hasta tanto se modifique la Ley y se cree un sistema con talleres autorizados y certificados por este organismo, donde realmente se haga una revisión profunda del vehículo, que incluya el motor, y que todo se haga con un criterio moderno”.

Otras experiencias

Estrella precisó que en países como México y España, a los vehículos de 4 y 5 años no los revisan, porque se consideran nuevos. “Ya lo hacen después de los cinco años, en talleres especializados para eso”, agregó.

Dijo que Impuestos Internos emite placas a vehículos que no están en condiciones para circular por las vías del país, precisamente por la falta de ese mecanismo efectivo para revisarlos y determinar si pueden estar rodando en las carreteras y calles.

Afirmó que a eso se debe que tantas “chatarras” circulen, lo que representa un gran peligro, no solo de contaminación, sino de potenciales accidentes.

Dice que ese organismo trabaja con lo que establece el artículo 210 de la ley 241 sobre tránsito, y cuando se creó esa ley, aquí quizás existían 50 mil vehículos, mientras en la actualidad el parque vehicular, incluyendo carros, motocicletas, camionetas, patanas y camiones, supera los tres millones. 

El artículo 210 de esa ley establece una revisión general del vehículo y sus accesorios. “No establece ningún tipo de investigación que tenga que ver a profundidad con el vehículo y nosotros en ese caso lo que podemos hacer es no emitirle la revista a ese vehículo”, agregó. 

Sostiene, sin embargo, que nada impide que ese vehículo circule, aunque tránsito terrestre no emita la revista, porque la DGII le facilita la placa y a eso hay que agregar que en ocasiones la revista es falsificada.

Nota de Viviano de León / Katheryn Luna

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