1 de junio de 2016

Tribunal ordena conteo manual en colegios anulados por Junta

El Tribunal Superior Electoral (TSE) ordenó este miércoles a la Junta Electoral de Santo Domingo Oeste (JESDO) abrir las valijas correspondientes a 223 mesas donde las votaciones del nivel municipal y congresual fueron anuladas en esa demarcación y recontar manualmente las boletas para levantar las respectivas actas.

En tal sentido, el TSE acogió el recurso de apelación incoado por María Luisa Guzmán Calderón, candidata a diputada por el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) y aliados, en la Circunscripción 4 de la provincia Santo Domingo, en contra de la resolución número 010/2016, dictada por la Junta Electoral de Santo Domingo Oeste el 25 de mayo, mediante la cual ordenó, de oficio, la nulidad de las elecciones en casi la mitad de los colegios de esa demarcación, unos 237, siendo en total 491 colegios.



El dictamen establece, además, anular en todas sus partes la resolución apelada, por haber sido dictada “con base en una norma jurídica derogada”, por lo que ordena a la JESDO dar cumplimiento a las disposiciones de los artículos 139 y 145 de la Ley Electoral y, en consecuencia, convocar a los presidentes y secretarios de los colegios anulados, para que en su presencia, así como de los delegados de los partidos políticos acreditados en dicha Junta Electoral, “proceda a la apertura de las valijas de los Colegios Electorales indicados y realice allí el examen manual de las boletas para levantar las actas de escrutinio correspondientes”.

El pasado 25 de mayo la JESDO decidió anular las votaciones en 14 mesas del nivel A o presidencial, 16 del nivel municipal o B, 38 del nivel C o congresual y 169 del nivel C1 del voto preferencial, argumentando que las actas correspondientes al conteo manual no fueron llenadas y que las del escrutinio automatizado aparecían en el sistema de cómputo de esa Junta “como no recibidas”, “evidenciando que no se hizo el conteo en el colegio electoral”.

La parte accionante, la candidata a diputada, pedía al TSE en la instancia sometida que se anulara la resolución recurrida y que se ordenara el reconteo de todos los votos válidos emitidos en los Colegios anulados en el Nivel C1 o la celebración de nuevas elecciones.

Fuente elcaribe

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