Tras intensos debates la Cámara de Diputados aprobó las observaciones del presidente Danilo Medina al Código Penal, estableciendo con claridad que la interrupción del embarazo (aborto) no será penalizada cuando el personal médico agote todos los medios “científicos y técnicos disponibles” para salvar las dos vidas involucradas.
También los diputados sancionaron que una ley especial regule los protocolos médicos para la interrupción del embarazo en los casos de violación, incesto o cuando el embrión tenga malformaciones incompatibles con la vida clínicamente comprobada.
La modificación de los artículos 107, 108, 109 y 110 del Código Penal presentada por Abel Martínez, presidente de ese hemiciclo, fue acogida con mayoría simple junto a las observaciones hechas por el presidente Medina.
En ese sentido, 93 legisladores votaron a favor, 66 en contra, mientras que 12 de los 159 que estaban presentes se abstuvieron.
Extensa discusión
Las discusiones se centraron en los desacuerdos de los legisladores sobre la penalización del aborto, así como el procedimiento de votación que debía seguirse para acoger o rechazar las observaciones del Ejecutivo.
El diputado perredeísta Guillermo Ramos, quien manifestó su oposición a las observaciones hechas por el Mandatario, dio inicio a los más de 20 turnos que fueron agotados por los congresistas para plantear sus posiciones.
El también legislador del partido blanco Víctor Gómez Casanova consideró que no había necesidad de acoger las observaciones del Presidente, ya que la pieza aprobada el 18 de noviembre de este año establece en el artículo 22 el estado de necesidad, lo que abre la oportunidad de que si la vida de la madre está en peligro pueda realizarse el aborto terapéutico.
De su lado, Nelson Arroyo, vocero del Partido Revolucionario Moderno, dijo que estaba de acuerdo con las observaciones para que se establecieran las excepciones en las que el aborto no esté penalizado.
Fuente eldia
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