El Senado aprobó este miércoles en segunda lectura el proyecto que modifica el Código Penal, que cuenta con 395 artículos, y que establece sanciones para el sicariato, aumenta la pena máxima de 30 a 40 años e incluye el cúmulo de penas hasta 60 años. También castiga a los que lancen ácido del diablo.
La iniciativa fue aprobada por 16 de los 17 senadores presentes, con la abstención del representante de Santiago, Julio César Valentín. Ahora retorna a la Cámara de Diputados para su debate o estudio.
El presidente de la comisión de Justicia, Francis Vargas, anotó que el Código Penal lo espera la sociedad dominicana desde 1996, cuando el Poder Ejecutivo conformó una comisión relatora, que dijo hizo un trabajo arduo y profundo de la pieza, que finalmente se sometió en el 1997 al Congreso Nacional, y que se aprobó diez años después, es decir, en el año 2006.
Explicó que el proyecto ha perimido muchas veces en ambas cámaras, “pero llegó el tiempo de aprobar este Código Penal, y haciéndolo hacemos un gran aporte a la sociedad dominicana, porque estamos viviendo el sicariato, un crimen que no se conocía en el país, y hoy se establece y lo penaliza a 40 años”.
Aseguró que este Código Penal está ampliamente consensuado para que sea aprobado en el Senado y en la Cámara de Diputados, porque la comisión de Justicia de ese organismo participó en las discusiones.
Resaltó que la pieza fue consensuada y sometida a vistas públicas, ya que el proyecto se fusionó con el aprobado en la Cámara de Diputados.
Destacó que la sociedad dominicana disfrutará de un instrumento moderno, adecuado, con las sanciones suficientes para disuadir, dentro del marco de la ley y enfrentar la delincuencia.
Sanciones
El nuevo Código Penal tipifica el sicariato, los fraudes de TelexFree, crímenes horrendos, desaparición forzosa, aumenta de 30 a 40 años la pena máxima y fija en 60 años el cúmulo de penas.
La pieza, retorna a la Cámara de Diputados para que este tome el procedimiento que entienda de lugar.
También penaliza la invasión y ocupación de tierras, establece prisión de 40 años para los que cometan feminicidios, castiga el secuestro de 20 a 30 años, fija penas de 4 a 10 años a los adultos que induzcan a menores a cometer delitos, castiga el cuatrerismo y el uso del químico conocido como “ácido del diablo”.
Violencia doméstica
La violencia doméstica o intrafamiliar se sancionará con penas de cuatro a 10 años de prisión mayor y multa de cuatro a 10 salarios mínimos.
Estas sanciones se aumentarán cuando la infracción cause daños corporales o sicológicos de consideración, de 30 a 40 años de prisión y multa de 30 a 40 salarios cuando cause muerte; de 20 a 30 cuando cause lesión o daño permanente y de diez a 20 cuando cause incapacidad por más de 90 días.
Abandono Menores
Se tipifica el abandono de menores, y destaca que “el hecho de abandonar un menor de edad en cualquier lugar, u ordenar que se haga cuando exista un deber de vigilancia o cuidado a cargo.
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