22 de septiembre de 2013

Aumentan tarifa salarios a los varilleros

La nueva tarifa salarial establece que cuando los trabajadores tengan que trasladarse a 30 ó más kilómetros fuera de la ciudad, se pagará un 25% como mínimo, sobre la tarifa.

El Ministerio de Trabajo, a través del Comité Nacional de Salarios fijó un nuevo salario mínimo nacional a destajo para los varilleros en el área de la construcción.
En virtud de lo que disponen los Artículos 462 y 464 del Código de Trabajo y refrendada la Resolución No.3/2013, se fija la siguiente tarifa de salario mínimo nacional a destajo para los varilleros.
Varilla trabajada a RD$246.86/quintal, vigas pos tensadas y pórticos en columnas a RD$392.09/quintal, columnas de 3/8“o 1/2” no mayor de 6 varillas de 1/2” a RD$82.28/metro, dinteles y vigas de amarre con altura máxima no mayor de 40x20cm (varillas de 1/2” o 3/8”) a RD$82.28/metro.
Parilla de zapata de muros a RD$82.28/metro, columnas redondas con 6 varillas de 1/2”  o 3/4” a RD$123.31/metro, labores de mallas electro soldadas a RD$371.09/quintal, labores de varillas de 1/4” en piso o losa a RD$371.09/quintal, labores de varillas de alta resistencia a RD$371.09/quintal, labores de confección de escaleras corrientes a RD$2,163.61/tramos.
Mediante la citada Resolución, se establece que la subida de varilla de los diferentes niveles de la obra, se pagará con un por ciento adicional a los valores establecidos precedentemente.
Para el segundo nivel 10%, para el tercer nivel 15%; para el cuarto nivel 20%, para el quinto nivel 25% y para el sexto nivel 30%.
La mencionada Resolución expresa que cuando se trate de vigas de 6 varillas de 1/2“ó 3/4“, vigas de 2 varillas de 1 y 2 de 3/4“, se pagará por metro lineal y de común acuerdo entre las partes.
De igual modo, cuando la escalera sea de varillas de 1 o 3/4“se pagará de común acuerdo entre las partes y toda losa que sea lima hoya o lima tesa, se pagará un 50% sobre el quintal.
La nueva tarifa salarial establece que cuando los/as trabajadores/as tengan que trasladarse a 30 ó más kilómetros fuera de la ciudad, se pagará un 25% como mínimo, sobre la tarifa.
En ese mismo sentido, cuando el maestro varillero tenga que trasladar los materiales a una distancia mayos de 10 metros, se pagara un 10% sobre el quintal.
La Resolución No.3/2013 expresa que El/la trabajador/a que al momento de aprobarse la presente tarifa de salario mínimo disfrute de un salario superior al que ésta fija, seguirá recibiendo su mismo salario de conformidad a las previsiones del artículo 217 del Código de Trabajo, sin perjuicio de que dicho salario se mejore por convenio entre las partes.

No hay comentarios:

Publicar un comentario