Los cambios empezarán a ser aplicados a partir del próximo viernes 4 de marzo, y los mismos no implican cambio en el costo del impuesto por dicho servicio.
De esta forma se le expedirá el certificado a los usuarios de la siguiente manera: la plantilla actual se actualizará para ser otorgada de manera general a las personas que nunca hayan sido objeto de ninguna diligencia procesal, y a aquellas que estando bajo investigación, no exista un auto de apertura a juicio en su contra, según explicó Maura Castillo, secretaria general de PGR.
En una segunda plantilla figurará una nota que establezca que dicho usuario tiene un caso penal abierto para las certificaciones de personas contra las que se haya expedido una resolución judicial de Auto de Apertura a Juicio, o su expediente se encuentre en una instancia posterior.
Una tercera plantilla con la observación de “Caso Penal Cerrado”, para las personas que hayan cumplido condena y se encuentren dentro del plazo de los tres o un año establecido por el Reglamento 122-07, a partir del cual, habiendo agotado el proceso de retiro del registro deberá expedírsele un certificado con la primera plantilla, léase, sin ningún tipo de anotación o comentario y la cuarta plantilla indicará que el ciudadano o la ciudadana está en el cumplimiento de una condena.
No hay comentarios:
Publicar un comentario